Dustin Tahisin Gómez Rodríguez [1]
Ehyder Mario Barbosa Pérez [2]
Carlos David Martínez Ramírez [3]
Información del artículo
Fecha de recepción: 9 de Febrero de 2023.
Fecha de aceptación: 9 de Junio de 2023.
Resumen
El objetivo del artículo de revisión es una caracterización de los Fondos de Empleados como forma de organización de la economía solidaria que fomenta la cooperación entre los asociados. La metodología se divide en dos momentos. Por un lado, es cualitativa por medio de la técnica de análisis de revisión documental, con alcance descriptivo, a través de matrices que buscan identificar divergencias y convergencias entre los autores. En un segundo momento se complementa por medio de un enfoque cuantitativo, con ecuaciones de búsqueda desde la bibliometría y estadísticas descriptivas, para el período 2000-2022, utilizando los micro datos de instituciones públicas rectoras de la economía solidaria en Colombia. La principal conclusión es que los Fondos de Empleados contribuyen a mejorar la calidad de vida de sus asociados, así como a fortalecer el aparato productivo. Sin embargo, los datos indican que hay un decrecimiento paulatino de estas organizaciones.
Palabras claves: autonomía, autogestión, cooperación, democracia directa, economía solidaria, equidad, justicia.
Clasificación JEL: M1, P13, Z13.
Brief description of the Employee Fund in Colombia
Abstract
The aim of the review article is to characterize employee funds as a form of solidarity economy organization that promotes cooperation among members. The methodology is divided into two stages. On the one hand, it is qualitative by means of the documentary review analysis technique, with a descriptive scope, through matrices that seek to identify divergences and convergences between the authors. Secondly, it is complemented by a quantitative approach, with search equations based on bibliometrics and descriptive statistics, for the period 2000-2022, using micro data from public institutions governing the solidarity economy in Colombia. The main conclusion is that employee funds contribute to improving the quality of life of their members, as well as strengthening the productive apparatus. However, the data indicate a gradual decrease in the number of these organizations.
Keywords: autonomy, self-management, cooperation, direct democracy, solidarity economy, equity, justice.
JEL Classification: M1, P13, Z13.
La economía solidaria es “un sistema socioeconómico cultural y ambiental conformado por el conjunto de fuerzas sociales organizadas en formas asociativas identificadas por prácticas auto gestionadas solidarias, democráticas y humanistas sin ánimo de lucro para el desarrollo integral del ser humano como sujeto actor y fin de la economía” (Ley 454, 1998, Artículo 2). Precisamente, el 1 de octubre del año 2021 se reconoció la importancia de la economía solidaria en el fomento y el desarrollo de las regiones por medio del Documento Conpes 4051 - Política Pública para el Desarrollo de la Economía Solidaria (DNP, 2021).
Ahora bien, la información de los datos cualitativos y cuantitativos, generados y consolidados por las instituciones rectoras de la economía solidaria en Colombia, como lo son la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias- Uaeos y la Superintendencia de Economía Solidaria – SES, muestran que el fomento y la promoción es limitada, en especial por el presupuesto invertido en las regiones y el número de organizaciones de economía solidaria promocionadas, fomentadas y fortalecidas. De igual forma, si se revisa la literatura especializada, en las Cuentas Nacionales es limitada la información que visibilice el impacto de las organizaciones de la economía solidaria en el PIB colombiano, como precaria es la existencia de bases de datos unificadas que permitan centralizar información para la toma de decisiones desde lo público (Gómez y Barbosa, 2022a; Supersolidaria, 2022, 2019; Díaz y otros, 2020; Álvarez, 2017; Botia y otros, 2017; Martínez, 2017).
De ahí la necesidad de caracterizar una de estas figuras como son los Fondos de Empleados - FE, en virtud de las posibilidades que ofrece este tipo de organización de economía solidaria (Vargas y otros, 2020; Cueto y otros, 2018). Por ello, el objetivo del presente escrito es caracterizar los Fondos de Empleados - FE, así como identificar en qué están y en qué pueden mejorar. La hipótesis central es que los Fondos de Empleados-FE son un instrumento que puede contribuir con el mejoramiento de vida de los afiliados, el fortalecimiento de la autogestión y la ayuda mutua. El artículo inicia con la introducción ya expuesta, continúa con la metodología y los métodos utilizados, sigue con el marco teórico como línea argumentativa y termina con el desarrollo de las categorías emergentes y las conclusiones del ejercicio investigativo.
La economía solidaria es un sistema socio económico donde priman las relaciones horizontales entre los asociados con énfasis en el desarrollo integral del ser humano. Cuenta con cinco dimensiones: económica, política, social, cultural y ambiental, que buscan aportar una visión integral de los fenómenos sociales y las posibilidades de producción y comercialización diferenciadas con base en la asociatividad (Garzón y otros, 2022; Gómez y otros, 2021). La economía solidaria fortalece los procesos de gobernanza democrática y participativa al hacer énfasis en la democracia directa y la participación comunitaria para la toma de decisiones. En el modelo solidario no existen ganancias del ejercicio productivo, su objetivo económico principal es la reinversión de los excedentes para garantizar continuidad del objeto social de la organización, así como la capacitación constante de las y los asociados (Barbosa y Gómez, 2021; García y Etxeberria, 2004; Razeto, 1997).
Gracias al apoyo para el cumplimiento de objetivos sociales, el sector solidario aporta para la consolidación del trabajo decente, la formalización laboral y la disminución de la informalidad en el mercado laboral. De igual forma, gracias a la posibilidad de desarrollo de economías de escala, promueve la inclusión a mercados para un comercio justo, con el mínimo de intermediación posible, para la producción y comercialización de bienes y servicios producidos por organizaciones solidarias (Gómez y otros, 2021; Coraggio, 2016).
Las organizaciones solidarias se dividen en dos subsectores: las organizaciones de economía solidaria y las organizaciones solidarias de desarrollo. En las primeras se encuentran las cooperativas y pre cooperativas, las asociaciones mutuales, las asociaciones agropecuarias campesinas y los fondos de empleados (Barbosa y otros, 2021; Uaeos, 2017; Arango, 2005). En las segundas se pueden identificar las asociaciones, las fundaciones, los grupos de voluntariado, las corporaciones y los organismos de acción comunal (Álvarez, 2012b, 2011).
Los Fondos de Empleados - FE son organizaciones del sector de la economía solidaria que bajo la tutela del derecho privado y sin ánimo de lucro son constituidas por trabajadores o subordinados que ofertan servicio de crédito y ahorro con la meta de mejorar la calidad de vida de los asociados. En particular, los FE son asociaciones de trabajadores que pueden ser subordinados o dependientes de una misma organización o empresa que pueden estar en el sector privado o público, que se unen para constituir un fondo común cuyo objetivo primordial es el otorgamiento de préstamos (Martínez y otros, 2012; García, 2009).
Desde el punto de vista histórico los FE surgieron en Colombia en el siglo pasado a mediados de la década de 1960 como una estrategia de organización que por medio de un ahorro programado realizado por un tiempo determinado para satisfacer algunas necesidades de índole económico en su afiliada. Entre los primeros ejemplos según la literatura indagada se fueron las Natilleras o también se les denominaba como Cadenas de ahorro. De la misma forma, en promedio los FE ofrecen servicios de acceso a créditos menos exigentes si se compara con el sistema financiero normal dado las características intrínsecas de la economía solidaria (Gómez y Barbosa, 2023; Ballesteros, 1983). En particular, los créditos que ofrecen los FE se sustentan anticipadamente con los aportes realizados por los afiliados quienes a estos últimos en su gran mayoría de veces se les descuenta sus aportes desde sus nóminas. De igual modo, la característica de los miembros de los FE de aportantes-beneficiarios les otorga un plus cuando solicitan un préstamo desde la perspectiva del riesgo, en virtud que los solicitantes no asumen un tipo de interés (Rincón y otros, 2017; Rueda y Álvarez, 2012; Ramírez, 2001).
Para poder generar un FE se necesita como mínimo 10 asociados, su régimen económico son los aportes y el ahorro, su vínculo asociativo es hacia la empresa o al sector y su inspección la realiza la Superintendencia de la Economía Solidaria (Supersolidaria, 2022; Uaeos, 2017). En efecto, los FE se legalizan por medio de un documento privado, es decir, una escritura pública ante una notaría en la que los fundadores asociados la firman. De igual forma, las personerías jurídicas de los FE son reconocidos a través de la inscripción en la Cámara de Comercio del domicilio y estos al registrarse ahí presentan los libros de contabilidad y las otras normas exigidas por el Estado Colombiano. Asimismo, los asociados (ver Tabla 1) en un FE efectúan aportes periódicos de forma continúa dependiendo de los estatutos que tenga el FE (Superintendencia de la Economía Solidaria- Supersolidaria, 2021a; OECD, 2022).
Tabla 1. Calidad de Asociado
Ítem |
Normativa |
Descripción |
Derechos de los asociados |
Decreto Ley 1481 de 1989, art. 11 |
Utilizar y recibir los servicios que preste el fondo de empleados. |
Participar en las actividades y administración del fondo. |
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Ser informados de la gestión del fondo. |
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Ejercer actos de decisión en las asambleas generales. |
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Fiscalizar la gestión del fondo de empleados. |
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Deberes de los asociados |
Decreto 1481 de 1989, art. 12 |
Acatar las normas estatutarias y las decisiones tomadas por la asamblea general y los órganos directivos y de control. |
Cumplir oportunamente con las obligaciones de carácter económico (ahorro permanente) y demás derivadas de su asociación al fondo. |
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Abstenerse de efectuar actos que afecten la estabilidad económica o el prestigio social del fondo de empleados. |
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Pérdida del carácter de asociado |
Decreto 1481 de 1989, art. 13 |
Por renuncia voluntaria. |
Por desvinculación laboral de la entidad o entidades que determinen el vínculo de asociación. |
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Por exclusión debidamente adoptada. |
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Por muerte. |
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Régimen disciplinario interno |
Decreto 1481 de 1989, art. 14 |
Cumplir con los procedimientos disciplinarios básicos y las sanciones aplicables. |
Utilizar el derecho de defensa mediante descargos. |
Fuente: (Uaeos,2021, p.18).
La cuota obligatoria no puede ser mayor a l0% del ingreso del trabajador asociado y los aportes únicamente pueden ser devueltos cuando se retira el asociado, se liquide el Fondo o llegado el caso cuando el asociado supere ampliamente el porcentaje máximo que puede tener como asociado. Sin olvidar, que los FE responden a terceros con el total de su patrimonio o con los ahorros de los asociados. De ahí, que los asociados responderán en esta instancia con el monto de sus aportes (ver Tabla 2) y llegado el caso con el valor de los ahorros (Arango, 2005; Sepúlveda, 2004; Arenas, 1993).
Tabla 2: Aportes sociales.
Ítem |
Normativa |
Descripción |
Aporte y ahorro permanente |
Decreto Ley 1481 de 1989, art. 16 |
Del ahorro periódico, se destinará como mínimo, una décima parte para aportes sociales. |
El monto total no debe exceder el diez por ciento (10%) del ingreso salarial del asociado. |
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Los aportes y los ahorros quedan afectados a favor de fondo de empleados como garantía de las obligaciones que el asociado contraiga. Tales sumas son inembargables y no podrán ser gravadas ni transferirse a otros asociados o a terceros. |
||
Devolución de aporte y ahorro permanente |
Decreto Ley 1481 de 1989, art. 17 |
Cuando se retira el asociado, cuando se liquide el fondo o cuando algún asociado supere el porcentaje máximo de aportes que corresponde al 10% del monto total de los aportes sociales. |
Ley 79 de 1988, art. 50 |
Fuente: (Uaeos,2021, p.18).
El fomento y la promoción de los Fondos de Empleados se desarrolla con los servicios que ofrece a los asociados y con los aportes recibidos donde se debe llevar un registro contable y financiero con información veraz y oportuna, presentados de manera periódica a la Supersolidaria en los formatos, mecanismos y fechas que ella determine (Salazar, 2021; Barahona, 2020; Da Silva y otros, 2020).
Como lo ha señalado el instrumento de política pública para el desarrollo de la economía solidaria en Colombia, documento Conpes 4051 de 2021, el número de organizaciones de fondos de empleados ha venido decreciendo en el tiempo (ver Tabla 3), situación que invita a fortalecer los mecanismos para cambiar la tendencia, en especial por las posibilidades que este tipo de organizaciones tienen para la reactivación económica y la inclusión social (Segura y Amaya,2020; Cañar y Nandar, 2017).
Tabla 3: Número de empresas que renovaron su registro mercantil por tipo de organización solidaria, 2018-2020.
|
Número de Organizaciones |
||
Tipo de Organización |
2018 |
2019 |
2020 |
Entidades de naturaleza cooperativa |
5.750 |
5.390 |
4.612 |
Fondo de empleados |
1.080 |
1.036 |
991 |
Asociaciones mutuales |
683 |
797 |
833 |
Instituciones auxiliares del cooperativismo |
29 |
24 |
20 |
Total de Organizaciones |
7.542 |
7.247 |
6.456 |
Fuente: DNP (2021)
Metodología
La metodología utilizada para la realización del presente artículo de revisión se basa en dos momentos. Por un lado, la técnica de análisis revisión documental por medio de matrices y una ventana de observación desde el año 2000 hasta el 2022. Tiene como propósito identificar las simetrías y asimetrías que tienen los autores consultados. De igual manera, en aras de robustecer la metodología cualitativa se utilizó el método de ecuaciones de búsqueda (Anexo 1) desde la bibliometría con la categoría Fondo de Empleados, en el mismo período, consultando las bases de datos más reconocidas a nivel nacional e internacional como son Scopus, WOS, Dialnet y Pro Quest (Barbosa y otros, 2020; Aguilera y otros, 2020; Gómez y otros, 2021; Gómez y otros, 2016; Carrizo, 2000). En un segundo momento, se efectuó una metodología cuantitativa y técnica de análisis estadística descriptiva con Microdatos de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Uaeos y la Superintendencia de Economía Solidaria en el período establecido (Rushforth, 2016; Hernández y otros, 2014; Ruiz, 1996; Van Eck y Waltman, 2009; Paramo, 2008; Princhard, 1969).
Resultados
La importancia de la existencia de organizaciones de economía solidaria en la economía colombiana se refleja en las relaciones con otro tipo de organizaciones y entidades. Su fortalecimiento incide en el mejoramiento de indicadores económicos, sociales y ambientales. Al ser una estructura que promueve la autonomía y la ayuda mutua, representa una oportunidad para la superación de dificultades en momentos de crisis. A continuación, se analiza la relación con distintos actores para aportar en la hipótesis central y el objetivo del documento.
Relación de los Fondos de Empleados con las Entidades Patronales
Relación con el Estado
Tomando como derrotero el Decreto Ley 1481, 1989, art. 51 que designa “las instituciones o empresas de carácter público o privado pueden contribuir a la creación o al desarrollo de los fondos de empleados” (ver Tabla 4). Resulta de gran apoyo por parte de las empresas motivar el ahorro solidario entre los empleados (Capturador de Información Financiera – Sicsec, 2023; Osorio, 2021; Ocampo, 2017).
Tabla 4. Promoción y fomento.
Ítem |
Normativa |
Descripción |
Protección de los depósitos |
Decreto Ley 1481 de 1989 art. 58 |
Los aportes sociales son inembargables, salvo por causa de demandas de alimentos. Los ahorros también lo son en las cuantías señaladas en la ley |
Contratos administrativos |
Decreto Ley 1481 de 1989 art. 61 |
Se pueden celebrar contratos con entidades públicas |
Fuente: (Uaeos,2021, p.28).
En la Tabla 5 se observa que esta consolidación la supervisa la Supersolidaria por medio del Sistema Integral de Captura de la Superintendencia de Economía Solidaria – Sicses. En efecto, los Fondos de Empleados desarrollan intermediación financiara y esta actividad genera obligaciones, así como restricciones. De ahí que existan políticas para la administración de riesgos. Asimismo, en la Número 07 31 de octubre de 2019 la Supersolidaria indicó la constitución, el manejo de fondo, etc. (Arroyo y Rentería, 2019; Gómez, 2018).
Tabla 5: Niveles de supervisión.
Niveles de supervisión |
Rangos |
Primer |
Todas las entidades que ejercen la actividad financiera y otras designadas por Resolución |
Segundo |
Entidades con activos al 31 de diciembre de 2020 (>) o (=) a $ $4.315.406.028 |
Tercer |
Entidades con activos al 31 de diciembre de 2020 (>) o (=) a $ $335.737.507 hasta $4.247.028.863 |
Nota |
Las entidades con activos al 31 de diciembre de 2020 inferiores a $335.737.507, no pagarán tasa de contribución |
Fuente: (Uaeos,2021, p.36).
El sustento jurídico de los FE inició con el Decreto Ley 1481 de 1989 que establece las disposiciones frente a la constitución y el reconocimiento, el régimen económico, los servicios de ahorro y crédito, los entes de control, la relación entre el Estado y las empresas patronales, lo deberes los derechos y carácter de perdida de asociado etc. De la misma forma, la Ley 79 de 1988 la cual demarca el sector cooperativo y como esta puede desarrollar la economía colombiana, la Ley 454 de 1988 que instituye el sustento de la economía solidaria cambia a Dancoop en Dansocial, las normas sobre las actividades financiera etc. (Fonseca y Díaz, 2017; Álvarez, 2012a; FUNSSOL, 2018).
La Ley 1391 de 2010 que reformó el Decreto Ley 1481 de 1989 cambió el modo asociativo de los FE para contextualizarlo a lo político, lo económico y lo cultura. Asimismo, se instituye los compromisos frente a terceros quienes lo pueden constituir, se transforma los excedentes a un mínimo del 10% y se estipuló que el 70% de los votos de los asociados tienen la potestad de cambiar los estatutos, las fusiones, disolución de los Fondos (Uaeos, 2017; Organizaciones Solidarias, 2016; Ley No 1391, 2010).
En síntesis, se presentan las normas generales que son los artículos de la Constitución y las Leyes como las normas específicas de los FE como Decretos y Circulares:
Normas generales: los artículos de la Constitución Política son 2, 4, 6, 15, 23, 38, 48, 58, 60, 62, 64, 74, 78, 86, 208, 333, 335 y también el artículo 363. De igual modo, la Ley 454 de 1998 que es el marco legal de la economía solidaria y la Ley 79 de 1988 que es la ley cooperativa. Dentro de las normas específicas están el Decreto Ley 1481 de 1989 que especifica los FE, la Ley 1391 de 2010 que modifica el anterior, el Decreto 3081 de 1990 que reconfigura los aportes sociales, la Circular 004 de 2008 que establece la Básica Contable y Financiera, la Circular 004 de 2005, la Ley 222 de 1995 que cambió el Código de Comercio y la Circular 007 de 2008 que es la Básica Jurídica (FUNSSOL, 2018; Cenicoop, 2014; Martínez y otros, 2012; Constitución Política de Colombia, 1991).
El parque empresarial colombiano en promedio está compuesto por empresas de tamaño micro. Tomando como derrotero a Murillo y Restrepo (2016), del conjunto total de las organizaciones colombianas más del 90% son microempresas y más del 7% son pymes como sus actividades se desarrollan en los sectores del comercio con un 42% y en servicios con el 40% (Franco-Ángel y Urbano, 2019). De igual modo para el año 2019, se estimó en 1.620.000 empresas. Donde 6.793 se les considera grandes, 109.000 son pymes y 1,5 millones son microempresas. De la misma forma, en promedio se crean más de 300.000 empresas por año y estas se dividen en 70.000 como sociedades mientras que el restante son de personas naturales
(Confecámaras, 2022; Economía Aplicada, 2019; Robinson, 2005).
Asimismo, desde el punto de vista de los Fondos de Empleados y tomando los datos cuantitativos de la (Supersolidaria, 2021a; Álvarez y otros, 2010) la categoría de los FE se divide según su patrimonio en Plena, Intermedia y Básica. En efecto, Plena significa que los FE al año 2020 y con Índice de Precios del Consumidor- IPC del 1,61 son los que representan igual o superior a $ 11.981.000.000 pesos. Intermedia, se divide en Superior que refleja uno activos de $4.315.000.000 e Inferior con $11.981.000. 000. Para Básica, se refiere a unos activos igual o inferior a $4.315.000.000 (ver Tabla 6).
Tabla 6: Clasificación por categorías de fondos de empleados
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PLENA |
INTERMEDIA |
BASICA |
|
Año |
IPC |
Igual o superior a |
Superior a |
Inferior a |
Igual o inferior a |
2015 |
6,77 |
$10.000.000.000 |
$3.600.000.000 |
$10.000.000.000 |
$3.600.000.000 |
2016 |
5,75 |
$10.575.000.000 |
$3.807.000.000 |
$10.575.000.000 |
$3.807.000.000 |
2017 |
4,09 |
$11.008.000.000 |
$3.963.000.000 |
$11.008.000.000 |
$3.963.000.000 |
2018 |
3,18 |
$11.359.000.000 |
$4.090.000.000 |
$11.359.000.000 |
$4.090.000.000 |
2019 |
3,8 |
$11.791.000.000 |
$4.245.000.000 |
$11.791.000.000 |
$4.245.000.000 |
2020 |
1,61 |
$11.981.000.000 |
$4.315.000.000 |
$11.981.000.000 |
$4.315.000.000 |
Fuente: (Supersolidaria, 2021a).
En consecuencia, las categorizadas como Plenas con datos al 31 de agosto de 2021 hay 170 FE, en Intermedia hay 194 y en Básica hay 1131 (Supersolidaria, 2021b). De esta última, el grueso de ellas se encuentra radicado en Bogotá con 381, le sigue el departamento de Antioquia con 159 y el Valle del Cauca con 137 FE. De igual manera, la Intermedia como la Plena en promedio los Fondos de Empleados se encuentran con domicilio en Bogotá como eje del aparato productivo de Colombia y como mayor dinamizador del PIB y por consiguiente del desarrollo y el crecimiento en el Estado colombiano (Supersolidaria, 2022, 2021b; Barbosa y otros, 2021; Laverde y otros, 2020; Kalmanovitz, 2019; Rubio y otros, 2019; Dávila y otros, 2018).
Contexto de los Fondos de Empleados en Colombia
Groso modo lo que refleja la Tabla 7 es que en promedio los departamentos en Colombia hay por lo menos un Fondo de Empleados. No obstante, como se dijo al principio del diagnóstico y teniendo referencia hasta el año 2021 en el mes de septiembre el grueso se encuentra donde hay más empresas y mayor poder adquisitivo. De ahí, que en primer lugar estén Bogotá, Antioquia, Cundinamarca.
Por otra parte, desde el punto de vista financiero y teniendo los datos cuantitativos más recientes hacia el año 2021 el sector fondista cada vez tiene menos protagonismo en el parque colombiano. Sin olvidar que las asimetrías entre ellas desde su razón social y su sector económico se redujo la información reportada. No obstante, para este año la Categoría Básica es la de menor impacto ya que tuvo una caída de 6,7%. En efecto, el desplome de entrega de información del número de empresas entre los años 2017 al 2020 generó resultados inversos.
Tabla 7. Relación de Fondo de Empleados activos a 30 de septiembre de 2021
Departamento |
Cantidad - Supersolidaria |
Cantidad -Confecámaras RUES |
Amazonas |
1 |
4 |
Antioquia |
208 |
309 |
Arauca |
0 |
8 |
Atlántico |
53 |
155 |
Bogotá, D.C. |
504 |
0 |
Bolívar |
16 |
76 |
Boyacá |
17 |
38 |
Caldas |
55 |
55 |
Caquetá |
1 |
9 |
Casanare |
1 |
7 |
Cauca |
22 |
58 |
Cesar |
5 |
31 |
Choco |
1 |
21 |
Córdoba |
4 |
23 |
Cundinamarca |
84 |
65 |
Guainía |
1 |
2 |
Guaviare |
2 |
2 |
Huila |
18 |
45 |
La Guajira |
3 |
12 |
Magdalena |
8 |
37 |
Meta |
5 |
24 |
Nariño |
34 |
57 |
Norte de Santander |
24 |
55 |
Putumayo |
0 |
4 |
Quindío |
13 |
35 |
Risaralda |
32 |
60 |
San Andrés y Providencia |
0 |
3 |
Santander |
52 |
133 |
Sucre |
6 |
14 |
Tolima |
26 |
61 |
Valle del Cauca |
173 |
320 |
TOTAL |
1365 |
1723 |
Fuente: (Uaeos,2021, p. 39).
En particular, hubo crecimiento positivo en activos en el periodo 2019-2020 con un 5,88% y para los años 2020-2021, 7,3%. Los pasivos para los periodos 2019-2020 fueron del 8% y en los años 2010-2021 fue de 6,1%. En el Patrimonio fue de 5,1% para los años 2019-2020 y del 4,9% en el periodo 2020-2021. De la misma forma, los sectores económicos donde más se perfilan los fondos de empelados en el territorio de Colombia son el Minero energético con el 24,7% el Financiero con el 12,5%, el Industrial con el 11,9% y la Educación con 10% (Capturador de Información Financiera – Sicsec, 2023; Superintendencia de la Economía Solidaria- Supersolidaria, 2021; OECD, 2022).
Discusión
El presente artículo de revisión concuerda con los postulados de Barahona y Patiño (2021) y Barahona (2020) cuando estos afirman que los Fondos de Empleados presentan en promedio información completa desde lo financiero y lo no financiero desde el punto de vista del desempeño de la Organización de Economía Solidaria-OES, así como para legitimarse ante sus asociados. En efecto, en los Fondos de Empleados existe una relación entre completitud del informe de gestión y una especie de conformidad de información entre los asociados y delegados, en virtud de que a mayor socialización de información de ambos rubros como la financiera y la no financiera, hay mayor aprobación y seguridad por parte de los asociados de la información divulgada. En el mismo sentido, concuerda con las conclusiones de Rueda y Álvarez (2012) referente al frágil desarrollo asociativo y el precario desarrollo de iniciativas que produce que los recursos se ejecuten más en el consumo externo que entre los asociados, lo que genera, entre otras cosas, que se debiliten.
De igual forma, aunque los Fondos de Empleados venían operando desde hace más de cincuenta años en el Estado colombiano, estos no contaban con una norma propia que les estableciera su reconocimiento como personas jurídicas típicas, les determinara su capacidad y les consagrara su régimen interno, debido a que estas formas asociativas están integradas básicamente por trabajadores asalariados. De ahí que actuaran desde sus inicios como corporaciones con base en los dispuesto en el Código Civil Colombiano, obteniendo en un comienzo su personería jurídica mediante resoluciones ejecutivas del Gobierno Nacional, que posteriormente, por intermedio del Ministerio de Justicia hasta el año de 1963, donde se le asignó a la Superintendencia Nacional de Cooperativas su reconocimiento, inspección y vigilancia (Analfe, 2020, 2021; Gutiérrez, 2009) y se sintoniza con los postulados del presente escrito.
Con el mismo propósito, el artículo coincide con la Uaeos (2020, 2019, 2018, 2017) cuando afirman que los Fondos de Empleados, al ser un tipo de Organización de Economía Solidaria, fomentan y promocionan la equidad, la cooperación, la ayuda mutua, la trasparencia, la democracia, la igualdad, la honestidad, la autogestión y la responsabilidad. Sin olvidar que también los Fondos de Empleados contribuyen con el servicio a la comunidad, con la integración de otras asociaciones, con la participación económica de los asociados, con la promoción de la cultura ecológica, con la autodeterminación, la adhesión voluntaria, con la formación, algunos de los principios solidarios (Garzón y otros, 2022; Gómez y Barbosa, 2022b).
Conclusiones
Los Fondos de Empleados-FE son organizaciones de economía solidaria que se enfocan en mejorar la calidad de vida de sus miembros por medio de la promoción de la educación financiera, la generación de ahorros y la concesión de créditos con intereses bajos y plazos flexibles. En efecto, el principal objetivo es beneficiar a sus afiliados y no a terceros o accionistas externos. Los FE se rigen por la ley y la regulación específica del país donde se encuentran. En algunos países, como Colombia, los fondos de empleados están regulados por la Superintendencia de la Economía Solidaria y están sujetos a ciertas normas y requisitos para su funcionamiento. Además de brindar servicios financieros a sus miembros, los FE también pueden ofrecer otros beneficios como programas de educación, capacitación y bienestar social, lo que los convierte en una alternativa interesante para aquellos trabajadores que buscan una organización que les brinde apoyo integral.
Los Fondos de Empleados son una organización de economía solidaria que desde el derecho privado se constituyen sin ánimo de lucro y tienen como objetivo general ofrecer servicios de créditos y sobre todo de ahorro a los afiliados, para mejorar la calidad de vida de los mismos y sus allegados. Sin embargo, aunque son una organización que contribuye con la solidaridad, la auto organización, la cooperación y demás principios y valores de este enfoque, a datos de 21 de agosto de 2021, de las 1.700.000 organizaciones que se estiman en el parque empresarial colombiano, sólo existen 194 FE, y en promedio estos pertenecen a la Categoría Intermedia y 1.131 se encuentran en la categoría Básica.
Desde el año 2018 se refleja que los FE han disminuido según los reportes de la Supersolidaria. Tomando como derrotero este decrecimiento, hay una continua baja del número de asociados y empleados de los Fondos. De la misma manera, desde el punto de vista de los cuatro sectores con mayor relevancia en la composición de los activos de los FE, son en primer momento los que están acobijados en los Minero Energético; en segundo lugar, en lo Financiero; en tercer momento, lo Industrial y por último en Educación.
Entre las limitaciones del presente escrito se encuentran que se caracteriza en un tiempo determinado solo los Fondos de Empleados del Estado colombiano, así como en promedio el grueso de la literatura indagada prevalece la estatal sobre todo desde la Uaeos y la Supersolidaria. Para una próxima investigación se podría ampliar el periodo como las fuentes, y más desde los Fondos de Empleados creados alrededor del país. No obstante, esta podría ser una siguiente investigación.
Contribución de autores
D. T. G. R. Revisión de literatura, metodología, discusión de resultados y redacción del artículo.
E. M. B. P. Revisión de literatura, metodología, discusión de resultados y redacción del artículo.
C. D. M. R. Revisión de literatura, metodología, discusión de resultados y redacción del artículo.
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Anexo 1. Ejemplo de ecuación de búsqueda de la Categoría Fondo de Empleados
BASE DE DATOS |
Ecuaciones de Búsqueda |
WoS |
Tema:
(("FONDO DE EMPLEADOS OR EMPLOYEE FUND ")) |
Tema:
(("FONDO DE EMPLEADOS OR EMPLOYEE FUND ")) |
|
Tema:
("FONDO DE EMPLEADOS OR EMPLOYEE FUND s") |
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[1] Doctor en Agrociencias, Universidad de la Salle. Docente-investigador, Universitaria Agustiniana - Colombia. E-mail: Dustin.gomez@uniagustiniana.edu.co. Código ORCID: https://orcid.org/0000-0001-5359-2300.
[2] Doctorando en Estudios de Desarrollo y Territorio, Universidad de la Salle. Docente-investigador, Corporación Universitaria Minuto de Dios - Colombia. E-mail: ehyder.barbosa@uniminuto.edu. Código ORCID: https://orcid.org/0000-0001-5105-4496.
[3] Magister en Educación, Universidad Nacional de Colombia. Docente-investigador, Universitaria Agustiniana – Colombia. E-mail: carlos.martinezr@uniagustiniana.edu.co. Código ORCID: https://orcid.org/0000-0002-0313-0113.